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Artículo 200 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley en 1994. Cuando una ley dice "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, por lo que no hay que hacerle caso. Lo que antes hablaba sobre arribadas (cuando un barco llega a un puerto por emergencia) y recaladas (cuando toca tierra de paso) ya no está vigente. En otras palabras, lo que decía este texto ya no se aplica en la actualidad.

Texto oficial

Artículo 200.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 CAPITULO IV De las arribadas y recaladas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.