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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/204
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
204

Artículo 204 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 204 ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 4 de enero de 1994. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que fue cancelado oficialmente y ya no tiene validez. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía ese artículo, porque ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 204.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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