Artículo 205 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve porque fue eliminado por completo el 4 de enero de 1994, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Eso significa que ya no existe ningún texto legal que aplicar; es como si ese artículo nunca hubiera estado en la ley.
Texto oficial
Artículo 205.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.