Artículo 21 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, está derrocado o cancelado oficialmente desde el 22 de diciembre de 1993. No explica nada porque fue eliminado de la ley. En pocas palabras, ya no existe ni aplica para nadie.
Texto oficial
Artículo 21.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.