Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/215
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 215
Artículo 215 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no tiene validez. Fue eliminado del código o ley al que pertenecía desde el 4 de enero de 1994. Cuando un artículo se deroga, significa que ya no existe ni se aplica. No debes preocuparte por él, pues no tiene ningún efecto legal actualmente.
Texto oficial
Artículo 215.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
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