Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/216
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 216
Artículo 216 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 216 ya no existe en la ley. "Derogar" significa que se eliminó oficialmente, en este caso desde el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no tiene ningún efecto legal. Es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente hoy en día.
Texto oficial
Artículo 216.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.