Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/275
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 275
Artículo 275 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 275 fue eliminado de la ley desde el 4 de enero de 1994. Esto significa que ya no existe ni se aplica. Un artículo derogado es como una regla que se borró del libro de leyes. Como ya no está vigente, no debes preocuparte por cumplirlo.
Texto oficial
Artículo 275.- (Se deroga).) Artículo derogado DOF 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.