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Artículo 278 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 278 de la Ley de Vías Generales de Comunicación ya no existe. Fue derogado (es decir, eliminado oficialmente de la ley) el 4 de enero de 1994. Eso significa que no hay ninguna regla o norma vigente que debas cumplir en ese artículo. A efectos prácticos, no te preocupes por él porque ya no tiene validez.

Texto oficial

Artículo 278.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 38 de 139

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.