Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/28
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 28
Artículo 28 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley desde diciembre de 1993. Al estar derogado, significa que ya no tiene ningún efecto legal y no debes tomarlo en cuenta para nada. Solo te sirve como dato histórico, pero no aplica en la actualidad.
Texto oficial
Artículo 28.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993 CAPITULO V Caducidad y rescisión de concesiones y contratos y revocación de permisos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.