Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/283
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 283
Artículo 283 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, está derogado desde 1994. Cuando una ley dice que un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, ya no debes tomarlo en cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 283.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.