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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/287
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
287

Artículo 287 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 287 fue eliminado de la ley el 4 de enero de 1994. Esto significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Al estar derogado, no necesitas saberlo porque no aplica para nada en la actualidad.

Texto oficial

Artículo 287.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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