- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 296
Artículo 296 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 296 ya no existe, es decir, fue eliminado de la ley desde el 4 de enero de 1994. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, no debes preocuparte por lo que decía ese artículo, ya que actualmente no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 296.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 39 de 139
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.