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Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
297

Artículo 297 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 297 fue eliminado de la ley desde el 4 de enero de 1994, así que ya no tiene validez ni aplicación. El capítulo al que pertenecía hablaba sobre astilleros, diques y varaderos, que son lugares donde se construyen o reparan barcos. Como el artículo fue derogado (es decir, cancelado oficialmente), ya no es necesario que te preocupes por él.

Texto oficial

Artículo 297.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 CAPITULO XV De los astilleros, diques y varaderos

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 39) ↗

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