- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 297
Artículo 297 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 297 fue eliminado de la ley desde el 4 de enero de 1994, así que ya no tiene validez ni aplicación. El capítulo al que pertenecía hablaba sobre astilleros, diques y varaderos, que son lugares donde se construyen o reparan barcos. Como el artículo fue derogado (es decir, cancelado oficialmente), ya no es necesario que te preocupes por él.
Texto oficial
Artículo 297.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 CAPITULO XV De los astilleros, diques y varaderos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.