- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 301
Artículo 301 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley desde el 4 de enero de 1994. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede usar en ningún juicio o trámite. Nada de lo que decía ese artículo aplica actualmente, así que no debes preocuparte por él. Es como si nunca hubiera existido para efectos legales prácticos.
Texto oficial
Artículo 301.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.