- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 302
Artículo 302 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley desde 1994, como si lo hubieran borrado del libro de reglas. El capítulo donde estaba hablaba sobre las señales que se usan en el mar, como las banderas o luces de los barcos. Como está derogado, ya no tienes que preocuparte por lo que decía ni aplicarlo.
Texto oficial
Artículo 302.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 CAPITULO XVI De las señales marítimas
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.