Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/307
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
307

Artículo 307 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Quiere decir que fue eliminado de la ley por completo el 12 de mayo de 1995. Antes de eso, tuvo un cambio en 1950, pero hoy no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, ya no hay que preocuparse por lo que decía, porque ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 307.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.