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- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 327
Artículo 327 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde 1995. Al estar derogado, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni te puede afectar. Básicamente, es como si nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 327.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 22-12-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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