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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/345
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
345

Artículo 345 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. Se reformó en 1950 y después se derogó definitivamente el 12 de mayo de 1995, lo que significa que ya no tiene validez legal. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él, pues ya no existe en la legislación actual.

Texto oficial

Artículo 345.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 42) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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