- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 357
Artículo 357 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley, está derogado. Significa que fue eliminado oficialmente el 12 de mayo de 1995, así que ya no aplica ni se usa para nada. Antes de esa fecha, tuvo algunos cambios, como una reforma en 1950, pero hoy no te preocupes por él porque no tiene validez. Solo es un número que quedó en el registro, pero en la práctica no significa nada.
Texto oficial
Artículo 357.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 12-05-1995 CAPITULO XIV De los accidentes y de la búsqueda y salvamento Capítulo adicionado DOF 23-01-1950
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.