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Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
357

Artículo 357 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley, está derogado. Significa que fue eliminado oficialmente el 12 de mayo de 1995, así que ya no aplica ni se usa para nada. Antes de esa fecha, tuvo algunos cambios, como una reforma en 1950, pero hoy no te preocupes por él porque no tiene validez. Solo es un número que quedó en el registro, pero en la práctica no significa nada.

Texto oficial

Artículo 357.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 12-05-1995 CAPITULO XIV De los accidentes y de la búsqueda y salvamento Capítulo adicionado DOF 23-01-1950

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 43) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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