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Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
363

Artículo 363 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Pues este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 12 de mayo de 1995. En México, cuando un artículo aparece como "derogado" significa que ya no está vigente y no tienes que preocuparte por cumplirlo. Antes de esa fecha, el artículo se había modificado un par de veces en los años 1948 y 1950, pero todo eso quedó sin efecto. Así que, en pocas palabras, este texto es solo un registro histórico.

Texto oficial

Artículo 363.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 31-12-1948, 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 12-05-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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