Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/364
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 364
Artículo 364 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo está eliminado, ya no existe en la ley. Se anuló oficialmente el 12 de mayo de 1995, después de haber sido modificado por última vez el 23 de enero de 1950. Eso significa que no tienes que preocuparte por él porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 364.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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