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- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 376
Artículo 376 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 376 ya no es válido. Quiere decir que fue eliminado de la ley, como se indica en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 1995. En otras palabras, ya no existe ni se aplica en ningún caso. No tienes que preocuparte por él porque no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 376.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 07-06-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.