- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 390
Artículo 390 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley, porque fue eliminado oficialmente el 7 de junio de 1995. Aunque antes fue modificado en varias ocasiones (en 1941, 1944, 1945 y 1979), hoy no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, ya no debes preocuparte por él, pues está completamente fuera de uso.
Texto oficial
Artículo 390.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 03-07-1941, 07-07-1944, 21-02-1945, 31-12-1979. Derogado DOF 07-06-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.