Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/397
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 397
Artículo 397 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley el 7 de junio de 1995, por lo que ya no existe ni tiene ningún efecto. "Derogar" significa que se canceló oficialmente y dejó de aplicarse. Así que no te preocupes, ya no tienes que cumplir con ninguna regla que estuviera escrita ahí.
Texto oficial
Artículo 397.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 07-06-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.