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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/397
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
397

Artículo 397 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley el 7 de junio de 1995, por lo que ya no existe ni tiene ningún efecto. "Derogar" significa que se canceló oficialmente y dejó de aplicarse. Así que no te preocupes, ya no tienes que cumplir con ninguna regla que estuviera escrita ahí.

Texto oficial

Artículo 397.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 07-06-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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