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- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 398
Artículo 398 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido porque fue eliminado de la ley el 7 de junio de 1995. Antes de eso, ya lo habían cambiado en 1988, pero ahora ya no existe ni se aplica. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él, porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 398.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 21-01-1988. Derogado DOF 07-06-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.