- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 402
Artículo 402 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe legalmente. La ley dice que fue eliminado (derogado) el 7 de junio de 1995. También el capítulo completo al que pertenecía fue eliminado desde 1960. En pocas palabras, no hay nada que explicar porque esas reglas ya no están vigentes.
Texto oficial
Artículo 402.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 07-06-1995 CAPITULO VI Instalaciones radiodifusoras comerciales, culturales, de experimentación científica y de aficionados Capítulo derogado DOF 19-01-1960
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.