Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/403
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 403
Artículo 403 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. Está "derogado", que significa que fue cancelado o eliminado oficialmente desde el 19 de enero de 1960. No tienes que preocuparte por él porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 403.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-01-1960
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.