Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/404
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
404

Artículo 404 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 404 fue eliminado de la ley desde el 19 de enero de 1960, por lo que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. "Derogado" significa que esa ley fue cancelada oficialmente y no se puede aplicar en ningún caso. En pocas palabras, ya no hay nada que entender ni cumplir de ese artículo.

Texto oficial

Artículo 404.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-01-1960

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 48) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.