Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/405
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 405
Artículo 405 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley desde el 19 de enero de 1960. Cuando un artículo está derogado significa que ya no tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, no hay nada que cumplir ni aplicar.
Texto oficial
Artículo 405.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-01-1960
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.