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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/414
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
414

Artículo 414 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. La ley lo eliminó en 1960, así que no tienes que preocuparte por lo que decía. Al estar 'derogado', significa que perdió su validez y ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 414.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-01-1960 LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 49 de 139

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 48) ↗

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