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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/422
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
422

Artículo 422 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley en diciembre de 1986, por lo que ya no está vigente ni se aplica. Antes de esa fecha, el artículo había tenido cambios en 1951, pero al final se canceló por completo. "Derogado" significa que la ley lo quitó oficialmente, así que no tienes que preocuparte por él. En resumen, ya no existe ni tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 422.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 50) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.