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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/423
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
423

Artículo 423 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 423 ya no existe. Antes decía algo, pero primero lo cambiaron en 1951 y luego lo eliminaron por completo en 1986. Eso significa que ya no hay ninguna regla ni obligación de qué hablar aquí. En términos simples, este artículo está muerto, como si lo hubieran borrado del mapa.

Texto oficial

Artículo 423.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 50) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.