Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/441
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
441

Artículo 441 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 441 ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 24 de diciembre de 1986. Antes de eso, estuvo vigente con cambios que se hicieron el 5 de enero de 1951. Al decir que está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 441.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.