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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/442
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
442

Artículo 442 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. La ley lo eliminó por completo el 24 de diciembre de 1986. Fue reformado primero en 1951 y luego lo quitaron. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe.

Texto oficial

Artículo 442.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.