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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/465
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
465

Artículo 465 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado en 1986. La palabra "derogado" significa que ya no tiene validez, como si lo hubieran borrado del código. No tienes que preocuparte por cumplirlo, porque ya no es parte de las reglas actuales.

Texto oficial

Artículo 465.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 52) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.