Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/465
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 465
Artículo 465 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado en 1986. La palabra "derogado" significa que ya no tiene validez, como si lo hubieran borrado del código. No tienes que preocuparte por cumplirlo, porque ya no es parte de las reglas actuales.
Texto oficial
Artículo 465.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.