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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/473
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
473

Artículo 473 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado oficialmente el 24 de diciembre de 1986. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa parte queda sin validez y ya no se aplica. El capítulo hablaba sobre el "Servicio de reembolso", pero también fue derogado. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no tiene efecto legal.

Texto oficial

Artículo 473.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO X Servicio de reembolso Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 53) ↗

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