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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/506
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
506

Artículo 506 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley por completo desde 1986. Eso significa que no aplica para nada en la actualidad. Así que no te preocupes por él: no tienes que cumplir con ninguna regla que estuviera aquí. La ley simplemente lo borró.

Texto oficial

Artículo 506.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO XXII Servicio postal de identificación Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 56) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.