- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 509
Artículo 509 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 509 ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente el 24 de diciembre de 1986, así que no tiene validez ni efecto legal. Lo mismo pasó con todo el Título Cuarto y el Capítulo XXIV, que hablaban sobre los derechos de quienes envían o reciben mercancías o documentos. En pocas palabras, no te preocupes por este artículo porque está completamente fuera de uso.
Texto oficial
Artículo 509.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 TITULO CUARTO Derecho de los Remitentes y Destinatarios Título adicionado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO XXIV Derecho de los remitentes Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.