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Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
97

Artículo 97 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica en la práctica, como si lo tacharan del libro. En este caso, el artículo 97 dejó de existir desde el 22 de diciembre de 1993. Por lo tanto, no te preocupes por él, ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 97.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 22) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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