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Artículo 14 de la LEY de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando la Secretaría revisa un permiso para tirar desechos en el mar, debe fijarse en cinco cosas: de dónde vienen los residuos, cuánto son, cómo están hechos y qué contienen. También checa qué tan tóxicos son y si pueden descomponerse solos o van a durar mucho tiempo en el agua. Además, revisa si esos desechos se acumulan en los seres vivos o en el fondo del mar. En pocas palabras, la ley obliga a estudiar bien los residuos antes de autorizar que los tiren al mar.

Texto oficial

Artículo 14.- La Secretaría, al evaluar la solicitud de vertimiento de desechos u otras materias en el mar, tomará en consideración los siguientes factores: I. Origen, cantidad total, forma y composición media; II. Propiedades físicas, químicas, bioquímicas y biológicas; III. Toxicidad; IV. Persistencia física, química y biológica, y V. Acumulación y biotransformación en materiales o sedimentos biológicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.