Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 9 de la LEY de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para darte o negarte un permiso de tirar desechos en el mar, la Secretaría revisará varios puntos. Primero, analizará qué tan peligroso es el material (su composición química, física, biológica y si es tóxico). También checará cómo son las condiciones del mar en el lugar donde quieres tirarlo. Se asegurará de que haya tiempo suficiente para monitorear cualquier cambio y evitar daños al medio ambiente. Además, revisará que el material no afecte los usos actuales o futuros del mar, y si tú o tu empresa han cumplido con permisos y reglas anteriores. Por último, verificará que lo que quieres tirar no esté prohibido por alguna ley.

Texto oficial

Artículo 9.- La Secretaría para otorgar o negar un permiso de vertimiento, además de la evaluación señalada en el artículo anterior, observará los aspectos siguientes: I. La caracterización química, física, biológica, geológica y toxicológica de los desechos u otras materias; II. Las características oceanográficas del sitio de vertimiento; III. El lapso mínimo de monitoreo requerido para determinar si existieran cambios, con el fin de evitar riesgo en el equilibrio ecológico o afectaciones nocivas imprevistas; IV. La información técnica necesaria que garantice la conservación de las condiciones iniciales del lugar de vertimiento; V. Que el material a verter no influya significativamente en los usos actuales y otros posibles en el mar; VI. Los antecedentes del solicitante en cuanto a cumplimiento de permisos anteriores, normas oficiales y otras disposiciones aplicables, y VII. Que el desecho o material respecto del cual se solicita el vertimiento se encuentre regulado en alguna disposición jurídica que prohíba la forma y características del vertimiento que se solicita.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.