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Artículo 43 de la LEY de Vivienda

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo crea un Sistema de Información donde se junta, genera y comparte toda la información necesaria para planear y darle seguimiento a la política de vivienda en México. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) es la encargada de manejar este sistema, usando datos de otras dependencias del gobierno federal sobre vivienda y suelo. También se le pide a esta Secretaría que proponga al INEGI qué indicadores de vivienda incluir en los censos y encuestas nacionales. Además, el INEGI y la Secretaría trabajarán juntos para crear una "Cuenta Satélite de Vivienda", que es un reporte especial dentro de las cuentas nacionales para medir el impacto de la vivienda en la economía del país.

Texto oficial

ARTÍCULO 43.- Se crea el Sistema de Información, que tendrá por objeto integrar, generar y difundir la información que se requiera para la adecuada planeación, instrumentación y seguimiento de la Política Nacional de Vivienda, así como para el fortalecimiento de la oferta articulada de vivienda en el país. La Secretaría integrará y administrará el Sistema de Información, el cual se sujetará, en lo conducente, a las disposiciones previstas en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y se conformará con la información que proporcionen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en aspectos vinculados con la vivienda y el suelo, así como la que permita identificar la evolución y crecimiento del mercado con el objeto de contar con información suficiente para evaluar los efectos de la política habitacional. Párrafo reformado DOF 20-04-2015, 14-05-2019 La Secretaría propondrá al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática los indicadores que en materia de vivienda deberán considerarse en el levantamiento de censos nacionales, encuestas de vivienda, económicas y sociodemográficas, y otros conteos. Párrafo reformado DOF 14-05-2019 Asimismo, ambas instancias se coordinarán para que dentro de la integración de las cuentas nacionales se desagregue una cuenta específica de vivienda, que se denominará Cuenta Satélite de Vivienda en México, que permita conocer a profundidad el efecto del sector en el contexto global de la economía.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.