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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LViv/59
Ley
LEY de Vivienda
Artículo
59

Artículo 59 de la LEY de Vivienda

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te den un crédito de vivienda, el gobierno va a promover programas donde tú puedas ahorrar poquito a poco antes de pedir el préstamo. Estos programas van a usar bancos y cajas de ahorro populares que estén autorizadas por la ley. El gobierno federal también va a negociar con los bancos para que te den facilidades y estímulos, como mejores condiciones de ahorro, enganches más accesibles y financiamiento para que puedas comprar tu casa.

Texto oficial

ARTÍCULO 59.- Para el otorgamiento del financiamiento destinado a los distintos tipos, modalidades y necesidades de vivienda, se fomentarán programas que incorporen el ahorro previo de los beneficiarios, aprovechando a las instituciones de crédito y a las instancias de captación de ahorro popular, particularmente las entidades de ahorro y crédito popular autorizadas por las leyes aplicables en la materia. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal concertará con las instituciones del sector financiero, las facilidades y estímulos para implementar los programas de ahorro, enganches y financiamiento para la adquisición de vivienda.

Ver texto oficial de la LEY de Vivienda (pág. 26) ↗

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