Artículo 79 de la LEY de Vivienda
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Economía, con la opinión de otra Secretaría, va a crear las reglas para controlar y guiar cómo se comparte la tecnología que se usa en la construcción de casas. También va a establecer, ya sea por sí misma o con ayuda de organismos especializados, las normas mexicanas que aseguren la calidad y el funcionamiento de los materiales y servicios básicos para construir viviendas. Esto significa que el gobierno se encarga de fijar estándares para que los productos y servicios de construcción sean confiables y de buena calidad.
Texto oficial
ARTÍCULO 79.- La Secretaría de Economía, considerando la opinión de la Secretaría, dictará las disposiciones necesarias para regular y orientar la transferencia de tecnología aplicable a la vivienda y establecer por sí o a través de organismos nacionales de normalización las normas mexicanas relativas a la calidad y desempeño de bienes y servicios básicos para la construcción de vivienda. Artículo reformado DOF 14-05-2019
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