Artículo 104 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El SAT (Servicio de Administración Tributaria) va a publicar en su página web la lista de cosas que rematará (como casas, coches o terrenos), cuánto cuestan como precio base y qué necesitas para participar en la subasta. También vas a poder ver esos bienes en persona, en los lugares y horarios que ellos mismos indiquen en el mismo sitio de internet.
Texto oficial
Artículo 104.- Para los efectos del artículo anterior, en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria se podrán consultar los bienes objeto de remate, el valor que servirá de base para su enajenación y los requisitos que deben cumplir los interesados para participar en la subasta pública. Los bienes sujetos a remate se encontrarán a la vista del público interesado en los lugares y horarios que se indiquen en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.