Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 103 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Quienes quieran comprar bienes en una subasta pública por internet pueden hacerlo en la página del SAT. Para participar, deben pagar un depósito por adelantado y el resto del dinero que ofrezcan, ya sea de contado o por mejoras en la oferta. Ese pago se hace en el banco o por transferencia electrónica. Todo esto se debe hacer siguiendo las reglas que marca el reglamento del SAT.

Texto oficial

Artículo 103.- Para los efectos del artículo 174 del Código, las personas interesadas en participar en la enajenación de bienes por subasta pública a través de medios electrónicos lo podrán hacer a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, efectuando el pago del depósito, el saldo de la cantidad ofrecida de contado en su postura legal o el que resulte de las mejoras a que se refiere la Sección Cuarta del Capítulo III del Título V del Código mediante ventanilla bancaria o transferencia electrónica de fondos, en los términos de los artículos 104 a 109 de este Reglamento y de las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.