Artículo 16 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si debes pagar recargos al SAT o el SAT te debe pagar intereses a ti, la tasa que se usa para calcularlos no cambia durante el mes, aunque en ese mes la tasa suba o baje. Lo que aplica es la tasa que esté vigente el primer día del mes o del periodo que se esté considerando. Así, no se hacen cuentas diferentes por cada cambio que haya en la tasa durante esos días.
Texto oficial
Artículo 16.- Para los efectos de los artículos 21 y 22-A del Código, cuando el contribuyente deba pagar recargos o las Autoridades Fiscales deban pagar intereses, la tasa aplicable en un mismo periodo REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 02-04-2014 5 de 40 mensual o fracción de éste, será siempre la que esté en vigor al primer día del mes o fracción de que se trate, independientemente de que dentro de dicho periodo la tasa de recargos o de interés varíe.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.