Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 18 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, para calcular los intereses que debes pagar, se cuenta cada mes o incluso una parte del mes que haya pasado. Eso significa que si debes dinero por unos días, igual se considera como un mes completo. La autoridad fiscal (llamada SAT) te va a retener una parte de esos intereses, y ellos mismos te dirán, a través de reglas generales, cómo hacer ese cálculo. En pocas palabras, tienes que pagar intereses por cada mes que pase, aunque sea poquito, y el SAT te explica el paso a paso para hacerlo.

Texto oficial

Artículo 18.- Para los efectos del artículo 22-A del Código, los intereses a pagar se computarán por cada mes o fracción que transcurra y se efectuará la retención correspondiente, siguiendo el procedimiento que para tal efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.