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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
140

Artículo 140 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se hacen las votaciones rápidas en el Congreso, cuando no es necesario contar el voto de cada diputado por su nombre. En lugar de eso, el presidente del Congreso le pide al secretario que pregunte a los diputados quién está a favor y quién en contra de un tema. Los diputados simplemente se ponen de pie o levantan la mano para mostrar si están a favor o en contra, y el secretario cuenta los votos a simple vista. Al final, el secretario le dice el resultado al presidente, quien lo anuncia a todos y decide qué sigue con el asunto. Es una forma más sencilla y rápida de votar cuando el tema no es muy polémico.

Texto oficial

Artículo 140. 1. Los asuntos que no requieran votación nominal se votarán de manera económica. 2. La votación económica se realizará de la siguiente manera: I. Por instrucciones del Presidente, la Secretaría consultará al Pleno si es de aprobarse algún asunto, pidiendo a los diputados y diputadas que estén por la afirmativa, expresen su parecer poniéndose de pie o levantando la mano, II. Enseguida, la Secretaría pedirá a los diputados y diputadas que estén por la negativa, que expresen su parecer poniéndose de pie o levantando la mano, y III. Terminada la votación, la Secretaría comunicará el resultado al Presidente, quien hará el anuncio al Pleno y dará el trámite que corresponda. Sección Cuarta Votación por Cédula

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 47) ↗

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