- Ley
- REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
- Artículo
- 188
Artículo 188 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En las juntas, quien preside la reunión (el Presidente o la Secretaría) se encarga de llevar el orden. Anota a quienes quieran hablar y los organiza en grupos: hasta seis personas a favor del tema y seis en contra. Sus ayudantes (los secretarios) lo apoyan para que todo salga bien.
Texto oficial
Artículo 188. 1. En las reuniones, el Presidente de la Junta Directiva o su Secretaría, cuando así corresponda, moderará el debate haciendo un listado de los oradores que soliciten la palabra en rondas de hasta seis a favor y hasta seis en contra, auxiliado para tal efecto, por sus secretarios. Artículo reformado DOF 20-04-2011 REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2025 67 de 146
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